Miembros del Pleno Municipal. Los Concejales son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. En el caso de fallecimiento, incapacidad o renuncia de un concejal, el escaño se atribuye al candidato o, en su caso, al suplente de la misma lista a quien corresponda, atendiendo a su orden de colocación. El número de concejales que se elige en cada ayuntamiento depende del número de residentes en el término municipal.
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