Cartas emitidas en contestación a otras para confirmar su recepción. En el caso de recibir cartas de pedido se contestará siempre que no se pueda cumplir alguno de los requisitos que se solicitan, se harán constar cuales son esas variaciones y se solicitará la conformidad con las mismas antes de darlo por firme. Si la carta recibida contenía algún documento relacionado con el pago, se recomienda que se conteste confirmando haberlo recibido. Se reflejará la cuantía del documento y el número del mismo.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8