Declaración que debe cumplimentarse al facturar mercancías si se utiliza como medio de envío el ferrocarril. Esta declaración debe ser realizada en el modelo oficial que facilita RENFE, vigente para un trayecto, independientemente de los ferrocarriles que intervengan en el recorrido. El expedidor deberá cumplimentar de forma obligatoria los siguientes datos: portes (debidos o pagados), estación de destino, nombre y domicilio del remitente, nombre y domicilio del consignatario, documentos que acompañan la expedición, descripción de la mercancía que se envía, así como su peso o volumen, número de bultos, fecha y hora en la que se produce la facturación y firma de del remitente.
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