Servicio que ofrecen las entidades financieras por el cual el cliente puede guardar lo que desee en las cajas fuertes que dicha entidad dispone. En los contratos de cajas de seguridad, las entidades financieras suelen introducir cláusulas limitativas de responsabilidad. Dichas cláusulas establecen la no responsabilidad por parte de la entidad del contenido de la caja, ni por su destrucción total o parcial, producida por incendio, fuerza mayor, robo o hurto, o cualquier otra causa que no medie culpa o negligencia de la misma.
Áreas curriculares:
Información general : webmaster@ite.educacion.es| C/ Torrelaguna 58. 28027 Madrid - Tlf: 913 778 300. Fax: 913 680 709. NIPO: 651-06-132-8