Persona externa al contrato de seguro que se beneficia de la indemnización. Este elemento aparece cuando se está asegurando la vida o la integridad física del asegurado (seguros de vida). En estos casos, se nombra otra persona para que perciba las indemnizaciones que pague la entidad aseguradora en caso de ocurrir el hecho asegurado. Esta persona se le denomina beneficiario y es el tomador del seguro quien tiene derecho a nombrarla, siendo los más habituales los hijos del asegurado y su cónyuge.
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