Cantidad sobre la que se aplican los tipos de cotización para determinar la cuota que se debe ingresar en la Seguridad Social. La base de cotización para todas las contingencias y situaciones amparadas por la acción protectora del Régimen General, está constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir el trabajador o asimilado, o la que efectivamente perciba de ser ésta superior, por razón del trabajo que realice por cuenta ajena. Las percepciones de vencimiento superior al mensual se prorratearán a lo largo de los doces meses del año.
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