Organismo autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, al que corresponde abonar a los trabajadores los salarios pendientes de pago a causa de insolvencia, suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores de los empresarios. Y las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción de los contratos en determinados supuestos, hasta el límite establecido en la Ley. El Fondo de garantía Salarial se financia con las aportaciones realizadas por todos los empresarios públicos o privados.
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