Asientos que se realizan al cierre del ejercicio económico, aplicando el principio de devengo, para contabilizar la parte de los ingresos, o gastos cobrados o pagados, durante el ejercicio que se cierra, cuya imputación pertenece al ejercicio inmediatamente posterior. Los ajustes por periodificación se dividen en dos subgrupos en el Plan General de Contabilidad el 48 y el 58, y los registran las cuentas 480. Gastos anticipados; 485. Ingresos anticipados; 580. Intereses pagados por anticipado y 585. Intereses cobrados por anticipado.
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