Acuerdos interprofesionales o convenios colectivos mediante los cuales las organizaciones sindicales y asociaciones patronales más representativas, de carácter estatal o de Comunidad Autónoma, pueden establecer la estructura de la negociación colectiva, así como fijar las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito y los principios de complementariedad de las diversas unidades de contratación, fijándose, en este último supuesto, las materias que no podrán ser objeto de negociación en ámbitos inferiores. Asimismo, las organizaciones de trabajadores y empresarios pueden elaborar acuerdos sobre materias concretas. Estos acuerdos, así como los acuerdos interprofesionales tienen el tratamiento de convenios colectivos.
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