Régimen que, junto con los regímenes especiales, integra la estructura del sistema de la Seguridad Social. Su campo de aplicación se extiende a trabajadores que realizan la prestación laboral en actividades profesionales en las que, por su naturaleza, por las condiciones de tiempo y lugar o por sus procesos productivos, no se aprecia la necesidad de un tratamiento diferenciado al del resto de actividades para la adecuada aplicación de los beneficios de la Seguridad Social. Este régimen incluye, obligatoriamente, a los trabajadores por cuenta ajena que presten sus servicios voluntariamente, a cambio de una retribución y dentro del ámbito de organización y dirección del empresario, en distintas ramas de la actividad económica o asimilados a ellos, bien sean eventuales, de temporada o fijos, aun de trabajo discontinuo, e incluidos los trabajadores a domicilio, y con independencia, en todos los casos, de la categoría profesional del trabajador, de la forma y cuantía de la remuneración que perciba y de la naturaleza común o especial de su relación laboral.
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