Actuación o actuaciones que puede llevar a término el tenedor último de una letra de cambio cuando, llegado el vencimiento de la misma, el librado no paga, procediendo a devolverla. La acción cambiaria directa consiste en reclamar el pago de la letra al librado. Para ello es necesario que la letra esté aceptada. Se puede llevar a cabo por vía ordinaria (lo que supone un juicio declarativo, muy lento en su tramitación), o por vía ejecutiva acción más rápida). La acción cambiaria de regreso consiste en exigir solidariamente a cualquiera de los intervinientes en el recorrido de la letra (endosantes, avalistas) el pago de la misma. Para llevar a cabo esta última acción es necesario el protesto de la letra, salvo que aparezca la cláusula "sin gastos" o "sin protesto".
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