En materia fiscal, consiste en un procedimiento ejecutivo que sigue la Administración tributaria para el cobro o recaudación de los impuestos, una vez transcurrido el periodo voluntario de pago señalado reglamentariamente. Supone la concesión de un breve plazo adicional, y la advertencia de la ejecución directa sobre el patrimonio del deudor si no se produce el pago.
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