Se realiza una vez terminada la obra. El representante del órgano de contratación fijará la fecha de la recepción y, a dicho objeto, citará por escrito a la dirección de la obra, al contratista y, en su caso, al representante de la Intervención correspondiente.Del resultado de la recepción se levantará un acta (acta de recepción) que suscribirán todos los asistentes, retirando un ejemplar original cada uno de ellos.
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